Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2036/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
II.2.
II.2. El 30 de diciembre de 2006, los comunarios de Cosapa, mediante voto resolutivo, a raíz de las denuncias de violación por parte de varias menores de edad de la comunidad, contra Ramón Chambi Calle, decidieron que se diera un castigo ejemplar al acusado, en la plaza de armas del pueblo de Cosapa, en presencia de todos los comunarios; además se definió el destierro del sindicado y los posibles cómplices en su familia (fs. 68 a 69).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación del recurso
- Fragmento 5
- 1)
- 4)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3.1. El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y las reformas constitucionales de 1994
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- (
- III.3.2.La Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas
- jurídicas
- sistemas jurídicos
- III.3.3.La Constitución Política del Estado vigente y la Jurisdicción indígena originaria campesina: Sus límites
- Plurinacional Comunitario
- pluralismo jurídico, interculturalidad,
- Tribunal Constitucional Plurinacional
- Plurinacional;
- Fragmento 26
- III.4. Sobre la improcedencia del amparo constitucional para definir derecho ni analizar hechos controvertidos
- III.5.1. Respecto a la determinación del Juez de garantías respecto a la justicia comunitaria
- APROBAR