SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2036/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2036/2010-R

Fecha: 09-Nov-2010

I.2.1. Ratificación del recurso

El Sub-Prefecto de la provincia de Sajama -Tito Marca- no tiene atribución alguna  para emitir certificaciones señalando si algún ciudadano es o no propietario de un terreno; en cuanto a las certificaciones que señalan que tendrían su domicilio en la ciudad de La Paz, éstas no indican siquiera en qué calle tendrían sus domicilios; finalmente, el hecho de los recurridos que hayan sido nombrados recientemente como autoridades originarias no quita el hecho de que ellos estén actualmente exigiendo que desalojen sus terrenos el 8 de mayo de 2008.

En cuanto al tema de las supuestas violaciones sexuales contra de cuatro niñas de la comunidad -ocurridas hace más de veinticinco años- por las que se acusaron al padre de los recurrentes, no viene al caso lo que se ventila en la ciudad del El Alto; sino que los comunarios manejan  esa supuesta violación con el único propósito de acaparar terrenos.