Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2047/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
II.10.
II.10. El Juez Quinto de Instrucción Penal, ante la solicitud realizada por la Fiscal Leticia Campos Montenegro para que se imponga la detención preventiva en contra de las imputadas Judith Gutiérrez Yepes y Gabriela Rueda Gutiérrez, luego de realizada la audiencia de medida cautelar, emitió el Auto de 8 de abril de 2008 mediante el cual rechazó la solicitud de aplicación de medida cautelar de detención preventiva de las imputadas disponiendo su libertad irrestricta en cumplimiento del art. 228 del CPP (fs. 280 a 292).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1. Contenido del recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de hábeas corpus”
- III.3. Subsidiaridad excepcional del hábeas corpus, ahora acción de libertad
- III.6. Análisis de la problemática
- APROBAR