Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2047/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
II.7.
II.7. La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en apelación y luego de efectuarse la correspondiente audiencia emitió el Auto de 10 de marzo de 2008 por el cual anuló la Resolución de 6 de enero de 2008 y dispuso se renueve el acto procesal en el plazo máximo de 24 horas una vez devuelto el cuadernillo procesal, sin dejar en libertad a Judith Gutiérrez puesto que ello debe ser objeto del fundamento del Juez de la causa de conformidad a los arts. 124 y 173 del CPP (fs. 164 a 169).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1. Contenido del recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III.FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de hábeas corpus”
- III.3. Subsidiaridad excepcional del hábeas corpus, ahora acción de libertad
- III.6. Análisis de la problemática
- APROBAR