SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2085/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
II.4.
II.4. Memorial de 7 de febrero de 2008, mediante el cual Jorge Enrique Laguna Téllez interpone recurso de apelación contra la determinación del Juez recurrido (fs. 10 a 11), recurso que fue resuelto por Auto de Vista SCI-69/2008 de 28 de febrero, emitido por los Vocales recurridos a través del cual confirmaron el Auto apelado, bajo el argumento que la demanda encierra varias pretensiones, por lo que resultaba evidente lo concluido por el Juez de primera instancia, pues consideraban que las acciones principales son las de repetición y restitución, mientras que la acción resarcitoria resultaba accesoria en la medida que es la consecuencia de la demostración de la existencia de hechos ilícitos (fs. 13 a 14).
- recurso, hoy acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- SC 1110/2010-R de 27 de agosto
- “1.- Exponer de manera adecuada, precisa y debidamente fundamentada, los criterios interpretativos que no fueron cumplidos o fueron desconocidos por el juez o tribunal que realizó la interpretación de la norma al caso concreto
- 3.- Qué derechos fundamentales han sido lesionados con dicha interpretación que considera arbitraria y a los resultados que hubiese arribado con la interpretación que indica es la correcta, 'estableciendo el nexo de causalidad entre estos y la interpretación impugnada; dado que sólo de esta manera la problemática planteada por el recurrente, tendrá relevancia constitucional'
- SC 0083/2010-R
- III.3. Análisis del caso
- Fragmento 20
- APROBAR