SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2119/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, alegan que se vulneró su derecho al trabajo y dedicarse al comercio, la industria o a cualquier actividad lícita y mencionan también la violación del art. 134 de la CPE abrg, por cuanto pese a contar con los documentos respaldatorios de su personalidad jurídica y la Resolución Administrativa, emanada por autoridad competente, que autorizaba su asentamiento para dedicarse a la venta de productos en el área geográfica autorizada, fueron violentamente retirados de la misma y sus kioscos y enseres incendiados, privándoles de ejercer su actividad laboral, sin que el Alcalde Municipal haga cumplir la Resolución Administrativa citada y restituya su derecho lesionado. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de los recurrentes, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de los recurridos
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. De la excepción al principio de subsidiariedad en el presente caso
- Fragmento 16
- no puede el administrado y menos la Administración, por voluntad unilateral, dejarlo sin efecto, sea cual fuere la razón para ello
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR