SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2164/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2164/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III.4. Del caso concreto, la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional

En tal sentido y sobre los cimientos jurisprudenciales esbozados, debemos referirnos al caso en concreto, de esta forma, señalamos que la accionante al invocar como vulnerado su derecho a reunirse y asociarse con fines lícitos, no constatándose al efecto que las personas y autoridades demandados hayan vulnerado dicho derecho, toda vez que a través de la revisión de obrados se puede establecer que el barrio al cual pertenece la accionante, solicitó su anexión a la OTB “La Cruz”, impulsando la accionante junto a otras personas que se lleve a cabo elecciones de dicha OTB, sin embargo, posteriormente se deduce la existencia de dos OTB´s paralelas del mismo barrio, por lo que, al acudir la accionante ante el Concejo Municipal, este a través de la Comisión de Participación Popular y en apego a la facultad conferida por el art. 6.III de la LPP, recomendó se efectúen otras elecciones supervisadas por dicho Ente, para así, dar una solución efectiva al problema emergente.