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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2180/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2180/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

    II.2.

    II.2.  Mediante Sentencia de 28 del referido mes y año, la mencionada Jueza recurrida, declaró probada la demanda e improbada la oposición, disponiendo la restitución del inmueble despojado en tercero día bajo apercibimiento de lanzamiento; y, el pago de costas, daños y perjuicios, averiguables en ejecución de sentencia (fs. 208 a 212 vta).

    • Fragmento 1
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • 1)
    • i)
    • Fragmento 7
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • acción de amparo constitucional
    • concederá o denegará
    • “accionante”
    • “denegar”
    • III.3
    • la claridad y precisión de los hechos que sirvan de fundamento, la precisión de los derechos y garantías que se consideren restringidos, suprimidos o amenazados, y lo que se solicita para preservar o reestablecer ese derecho son de imprescindible concurrencia, o sea, son requisitos de naturaleza insubsanable para la presentación y admisión de los recursos de amparo constitucional
    • REVOCAR

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