SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2199/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2199/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

Toda vez que los derechos de los menores se encuentran por encima de cualquier formalismo procedimental, y existiendo una beneficiaria cuya minoridad no es discutible, DISPONER la nulidad de obrados hasta la liquidación de la asistencia familiar devengada, para que la Jueza de la causa exija a la demandante señale el domicilio actual del demandado, donde deberá ser notificado.