SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2199/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2199/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

procedente

El Juez Cuarto de Partido y de Sentencia de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 02/2009 de 7 de febrero de 2009, cursante de fs. 168 a 169, pronunciada por el Juez Cuarto de Partido y de Sentencia de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, constituido en Juez de garantías, declaró procedente el recurso, argumentando que: 1) El demandado no tuvo conocimiento de la demanda, toda vez que la actora señaló un domicilio distinto al que tenía el demandado, no obstante estarse sustanciando otro proceso similar en la ciudad de La Paz; y, 2) No se han cumplido las normas del debido proceso, no solamente respecto a las notificaciones, citaciones y emplazamientos conforme a normas procesales, sino que también ha existido irresponsabilidad  de los defensores de oficio, infringiendo el art. 16 de la CPEabrg, motivo por el cual el representado del recurrente ha sido indebidamente detenido; por lo que corresponde otorgar la tutela solicitada.