Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2208/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 20 de mayo de 2008, el recurrente solicitó al recurrido Fiscal, Erlan Coca Martorell, la suspensión de su declaración informativa, señalada para el 15 de mayo del mismo año, por razones de salud acreditadas por el certificado médico (fs. 118 y 119). Pedido que fue rechazado por el referido Fiscal, mediante Providencia de 21 del citado mes y año (fs. 120).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- I.2.3. Resolución
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- Fragmento 21
- III.3.
- III.4. El caso en revisión
- ya que se les citó legalmente habiendo por ello brindado el informe correspondiente refiriéndose al fondo de la problemática planteada, no se anulará obrados y se ingresará a resolver el caso.
- Fragmento 25