Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2208/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III.3.
Ese entendimiento ha sido confirmado por la SC 0380/2010-R de 22 de junio, que estableció: “De este modo, la subsidiariedad del hábeas corpus, hoy acción de libertad, se restringe solamente a aquellos casos en los que los mecanismos de protección específicos y establecidos por la ley procesal ordinaria vigente, resulten ser evidentemente oportunos y eficaces para lograr que por esa vía se reparen las vulneraciones al derecho a la libertad o a la vida que se denuncien”.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- I.2.3. Resolución
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- Fragmento 21
- III.3.
- III.4. El caso en revisión
- ya que se les citó legalmente habiendo por ello brindado el informe correspondiente refiriéndose al fondo de la problemática planteada, no se anulará obrados y se ingresará a resolver el caso.
- Fragmento 25