SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2214/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2214/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

y contra los actos consentidos libre y expresamente

Por otro lado, el art. 96.2 de la LTC, instituyó como una causal de improcedencia los actos consentidos al señalar que, esta acción no prosperará: “Cuando se hubiere interpuesto anteriormente un recurso constitucional con identidad de sujeto, objeto y causa y contra los actos consentidos libre y expresamente o cuando hubieren cesado los efectos del acto reclamado”. En esa perspectiva, para que concurra esta causal debe existir un acto de manifestación de voluntad del agraviado respecto a la decisión que asume de ilegal, o dicho de otra forma, mediante algún acto debe exteriorizar su consentimiento respecto a la determinación que le causa agravio; situación que en definitiva no ocurre en este caso por el solo hecho de que el accionante manifestó que la suspensión de las funciones de su representado fue diferida; y en todo caso quien solicitó el aplazamiento fue la Presidenta de la Corte Superior de Tarija y no así el mandante del accionante. Las consideraciones efectuadas, hallan su sustento en la SC 1667/2004-R de 14 de octubre; entre muchas otras al señalar: “…Esta causal …debe entenderse objetivamente como cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales, de modo que no siempre podrá exigirse un acto en el que el titular manifieste textualmente y por escrito que acepta libre y expresamente el acto ilegal u omisión indebida, sino que ello podrá deducirse con los elementos de juicio suficientes del accionar que el titular hubiera tenido a partir de la supuesta lesión de la que hubiesen sido objeto sus derechos y garantías constitucionales”.