Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2238/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.6.
II.6. Marcelo Choque Cruz, el 4 de septiembre de 2008, presentó memorial indicándole que la ahora recurrente, solicito su reincorporación al cargo de secretaria no solo como concejala, por lo que “su autoridad estaría excediendo lo determinado en su propio fallo”, pero lamenta comunicarle que no podrán dar curso a lo solicitado por la actora, además la orden instruida con la que le notificaron son fotocopias simples y sin timbres judiciales (fs. 33 y vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades correcurridas y petitorio
- Fragmento 4
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- en
- derecho
- entiende como mediadas de hecho
- alcances de las medidas
- III.6. Análisis del caso concreto
- compromiso
- APROBAR