SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2278/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2278/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

II.5.

II.5.  Mediante Auto de Vista de 27 de mayo de 2008, los Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior, confirmaron la Resolución de 28 de enero de 2008, manifestando que la prescripción no operó, debido a que el cómputo comenzaría después de haberse cumplido el plazo para el préstamo; es decir, desde el desembolso suscitado el 27 de octubre de 1995, su fenecimiento era el 27 de octubre de 2005 y la demanda ejecutiva fue presentada el 5 de noviembre de 2001, por encontrarse en mora; la prescripción no se produjo, el tiempo para computarse la prescripción es después de haberse cumplido el plazo del préstamo (fs. 177 y vta.).