SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2294/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2294/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

denegó

Concluida la audiencia, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 65 de 22 de octubre de 2008, cursante de fs. 101 vta. a 102 vta., por la que denegó el amparo solicitado, sin multas ni responsabilidad por ser excusable, bajo los fundamentados expuestos en audiencia: i) No se evidencia vulneración a ninguno de los derechos constitucionales invocados como quebrantados en el recurso de amparo constitucional, por el contrario las autoridades demandadas obraron correctamente, dando cumplimiento a lo previsto por la Ley de Municipalidades; ii) Existen canales correspondientes establecidos en el ordenamiento jurídico, procedimientos a seguir de acuerdo a la institución que pertenecen; sin embargo, la recurrente equivocó el camino al acudir a la vía laboral; iii) En el Auto de Vista dictado por los Vocales recurridos, se hace mención a los procedimientos que debió utilizar la recurrente; y, iv) El Auto de Vista en cuestión, se encuentra inserto dentro del catálogo de resoluciones que son recurribles de casación, conforme lo establece el art. 255 inc. 2) del CPC, norma aplicable supletoriamente al Código Procesal del Trabajo.