SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2294/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2294/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

La abogada de la recurrente ratificó los fundamentos del recurso e indicó que las competencias de la Superintendencia de Servicio Civil están previstas en el art. 61 del Estatuto del Funcionario Público (EFP), no estando dentro de ellas el conocer cuestiones relativas a sueldos impagos, lo propio sucede con la Ley de Municipalidades que, tiene como objetivo la tramitación del procedimiento administrativo y, el sueldo es materia laboral; por lo tanto, debe ser conocido y sustanciado por el juez laboral.