SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2296/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2296/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

a)

Los abogados del recurrente ratificaron el tenor íntegro del recurso planteado, ampliándolo en el sentido de que el Auto de Vista que confirmó el Auto interlocutorio pronunciado por los Jueces recurridos, se basó en dos fundamentos: a) El análisis complejo de la SC 0012/2006-R de 4 de enero, que permite incorporar un nuevo presupuesto que no se tomó en cuenta al inicio de la detención preventiva; b) El hecho de que el imputado no tiene la intención de someterse a la ley, que no va cumplir la Ley de Seguridad Ciudadana. Agregó además que debió tenerse presente que si existe riesgo procesal de reincidencia, debe ser incorporado en su momento, establecido por la ley y la jurisprudencia constitucional, es decir, en la resolución que dispone la detención preventiva; c) La Resolución de 14 de noviembre de 2008, no tiene fundamentación legal por la que se determinó la incorporación del elemento de peligro de reincidencia, basándose simplemente en el Informe de Antecedentes Penales, que hacen referencia a una sentencia ejecutoriada y a un antecedente del año 1994, empero no se presentó prueba alguna que lo acredite; y, d) Delfín Mamani Sandoval se encuentra detenido preventivamente, deduciendo que su estado jurídico es grave, la modificación que le corresponde es la flexibilización, porque no hay medida mas gravosa que la detención.