SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2326/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
i)
El funcionario judicial recurrido, en su informe escrito que cursa de fs. 58 a 59, indica que: i) Se lo acusa de no haber dado cumplimiento a la orden de remisión de obrados en el término de Ley y habría coadyuvado a un procedimiento ilegal y abusivo, sin señalar cuál ha sido el acto ilegal ni normas legales en los que apoya su petición, incumpliendo con uno de los requisitos, realizando la relación de los hechos indicando con claridad los derechos constitucionales restringidos o suprimidos; y, ii) La recurrente fue notificada con la Sentencia condenatoria, que no fue objeto de observación, ni acudió al recurso de apelación; es decir, que no agotó la vías previstas por Ley para reparar los perjuicios denunciados en el recurso de amparo constitucional, pidiendo sea declarado improcedente.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- i)
- 1.2.3. Intervención de la representante del Ministerio Público
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Jurisprudencia aplicable al caso en revisión
- Fragmento 21
- III.5. De la problemática planteada
- APROBAR