SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2447/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
La recurrente en el memorial presentado el 20 de agosto de 2008, cursante de fs. 29 a 33, expresa que se le nombró defensora pública el 11 de diciembre de 2004; solicitó licencia que le fue autorizada sin goce de haberes del 28 de septiembre hasta el medio día del 17 de octubre de 2007, por el Director Nacional de Defensa Pública según Resolución Administrativa (RA) 021/2007 de 27 de septiembre; posteriormente el 22 del mismo mes y año, mediante nota SNDP-RHDP-031-2007, la Responsable de Recursos Humanos hizo conocer al Director Departamental cuántos días de vacación le correspondían; sin embargo, en la misma fecha el referido informó a la Dirección General, que no se presentó a su fuente laboral en la fecha establecida, pidió se designe su reemplazante con carácter de urgencia y la despidió por memorando de la misma fecha.
Refiere que por memorial de 23 de octubre de 2007, solicitó al Director Distrital se deje sin efecto el memorando de despido, constituyéndose en recurso de revocatoria conforme establece la SC 0022/2004-R, que fue respondida al día siguiente, rechazándolo, lo que motivó a que interponga recurso jerárquico el 19 de noviembre de 2007, contra la Resolución de 24 de octubre de 2007, que fue rechazada, confirmando el memorando de agradecimiento de servicios de 22 de octubre de 2007, por Resolución Jerárquica 01/2008 de 18 de febrero.
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. En cuanto a la improcedencia del amparo por actos consentidos libre y expresamente
- no es suficiente una actuación implícita, dado que el consentimiento expreso importa un acto positivo, concreto, libre e inequívoco, vinculado de manera directa a la actuación ilegal impugnada
- III.3. Análisis del caso de autos
- REVOCAR