SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2447/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2447/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

II.6.

II.6.  A solicitud de la recurrente la secretaria del SENADEP, informó al Director Departamental que mediante nota de 25 de octubre de 2007 al no haber llegado respuesta sobre la solicitud de saldo de vacaciones, la recurrente “solicitó comunicarse con el Asesor Jurídico, para informarse sobre su permiso, luego de la conversación que sostuvieron el Asesor Jurídico y la Dra. Saldaña, ella manifestó que sí fue aceptado su permiso y lo hizo delante de usted y de mi persona, de la misma manera solicitó a su persona (verbalmente) que iba hacer uso 5 días a cuenta de vacaciones y que regularizaría al retorno de su viaje, usted contesto que regularizaría a la vuelta de su viaje, toda vez que no llego la respuesta, acerca de las vacaciones de la Dra. Romané” sic. (fs. 17).