Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2498/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.4.
II.4. El 5 de marzo de 2007, la ANB emitió las Rresoluciones Administrativas AN-GRLPZ-LAPLI 088-2007 y AN-GRLPZ-LAPLI 089-2007, en las que haciendo referencia a la respuesta formulada por el Banco de Crédito S.A., prueba de reciente obtención que haría inviable la aplicación del procedimiento de Ajuste de Valor por la posible comisión de ilícitos tributarios, dispone anular las actas de reconocimiento e informe de variación de valor y sin perjuicio de esta determinación, resuelve la prosecución del control diferido. Resoluciones que fueron comunicadas el 8 de marzo a los importadores David Brañez y Fernando Molina (fs. 20 a 23)
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- Fragmento 18
- III.3. Del procedimiento de control diferido aduanero
- indicios de contravenciones o ilícitos aduaneros el revisor debía proceder al aforo en el tiempo que demande
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- REVOCAR