Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2498/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.5.
II.5. Por memoriales presentados el 20 de marzo de 2007, Fernando Molina Méndez y David Brañez Rivera, a tiempo de reclamar sobre la demora incurrida en el trámite de control diferido aplicado, solicitaron al Gerente Regional La Paz de la ANB, conmine a la Unidad de Fiscalización, para que concluya el procedimiento en el día, independientemente de la responsabilidad de daños y perjuicios ocasionados, adjuntando al efecto la liquidación de almacenaje emitidA por el concesionario del depósito aduanero (fs. 24 y 25).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- Fragmento 18
- III.3. Del procedimiento de control diferido aduanero
- indicios de contravenciones o ilícitos aduaneros el revisor debía proceder al aforo en el tiempo que demande
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- REVOCAR