Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2498/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión resuelve REVOCAR la Resolución 12/07 de 11 de mayo de 2007, cursante de fs. 242 a 243 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- Fragmento 18
- III.3. Del procedimiento de control diferido aduanero
- indicios de contravenciones o ilícitos aduaneros el revisor debía proceder al aforo en el tiempo que demande
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- REVOCAR