SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2498/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente -ahora accionante- solicitó la tutela de los derechos de sus representados a la petición, a la seguridad jurídica, a la propiedad privada, al trabajo y al debido proceso, manifestando que fueron vulnerados, por cuanto las autoridades recurridas, hoy demandadas -no obstante el pedido de pronunciamiento- no emitieron la resolución final dentro del procedimiento de control diferido inmediato, dentro del plazo de treinta días establecido al efecto en la Resolución RD 01-037-04 de 2 de diciembre de 2004, demora que les causa perjuicio económico por el costo de almacenaje de los dos camiones objeto del control diferido inmediato. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales u omisiones indebidas, lesivas a los derechos fundamentales invocados, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- Fragmento 18
- III.3. Del procedimiento de control diferido aduanero
- indicios de contravenciones o ilícitos aduaneros el revisor debía proceder al aforo en el tiempo que demande
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- REVOCAR