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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2499/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2499/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

    II.9.

    II.9. El 20 de agosto de 2008, el recurrente presentó memoriales ante el Presidente de YPFB, Prefecto del departamento de Tarija y Oficial Mayor Técnico de la Alcaldía de Tarija, en su condición de miembros del Directorio de EMTAGAS, denunciando la vulneración del debido proceso y pidiendo resolución al recurso jerárquico presentado (fs. 59 a 67).      

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • i)
    • a)
    • denegó
    • I.3.
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
    • III.3.Consideraciones sobre la naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
    • ;
    • III.4. Del Reglamento Interno de Personal de EMTAGAS
    • ocho días hábiles debe pronunciar nueva resolución ratificando o revocando la primera.
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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