SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2561/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso de hábeas corpus,
En revisión la Resolución 014/2008 de 11 de diciembre, cursante de fs. 77 a 80 vta., pronunciada por la Sala Civil, Comercial y Familiar de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad interpuesto por Henry Wilson Buergo Sagardia contra Rafael García Cortés y Vidal Rollano Vallejo, Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior; y, Edgar Jallaza Véliz, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal y cautelar, todos del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de sus derechos a la libertad individual y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 6.II, 7 inc. g) y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad,
- ordenar la tutela
- III.3. Efectos de la recusación en la etapa preparatoria y en cuanto a los actos del juez de instrucción en lo penal
- III.4. En cuanto a la falta de notificación alegada por el accionante