SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2584/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.1.
de Delgadillo contra Haroldo Justiniano Cuellar y Ailton Hogdon, la Jueza Décima Segunda de Instrucción en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró probada la demanda disponiendo el pago de la suma adeudada (fs. 6 y 7). En ejecución de Sentencia, en segunda audiencia se procedió al remate del inmueble de propiedad de Haroldo Justiniano Cuellar, ubicado en la localidad de Portachuelo, zona Nor-Oeste, a once cuadras de la plaza principal, con una extensión superficial restante según título de 1.905,28 m2, e inscrito en DDRR bajo la Matrícula computarizada 7.06.1.01.0001598 de 2 de diciembre de 1981, y como único postor Jeremías Roberto Rodríguez Yepéz, conforme el Acta de Adjudicación (fs. 24 y vta.). Adjudicación que fue aprobada por Auto de 13 de diciembre de 2007 (fs. 25).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- a)
- DENIEGA
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- lo que el Tribunal Constitucional no puede pronunciarse sobre cuestiones que son de exclusiva competencia de los jueces y tribunales ordinarios
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- denegado
- APROBAR