Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2584/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.5.
II.5. Por memorial de 28 de julio de 2008, Dory Justiniano de Subirana, interpuso recurso de apelación contra el Auto Interlocutorio de 28 de junio de 2008, alegando duplicidad de registro y que la subasta efectuada recae sobre una partida duplicada afectando su derecho propiedad, por lo que estaría legitimada para oponerse al desapoderamiento (fs. 54 y 55).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- a)
- DENIEGA
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- lo que el Tribunal Constitucional no puede pronunciarse sobre cuestiones que son de exclusiva competencia de los jueces y tribunales ordinarios
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- denegado
- APROBAR