SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2584/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.2.
II.2. Por Auto de 22 de enero de 2008, la Jueza Décima Segunda de Instrucción Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, a solicitud del adjudicatario y de acuerdo al Avalúo Catastral y la Certificación emitida por la Alcaldía Municipal de Portachuelo, así como del plano de ubicación y uso de suelo aprobado, complementó el testimonio de adjudicación con los siguientes datos: Inmueble ubicado a once cuadras de la Plaza de Portachuelo, en el Barrio Obrero, Calle San José Obrero, esq. Camacho , U.V. 4, Manzana No. 18, Lote No. 13, con una superficie restante según título de 1905.28 m2 y según mesura de 1095.00 m2, con Código Catastral 001-260-013, inscrito en DDRR bajo la Partida Computarizada 7.06.1.01.0001598 (fs. 33).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- a)
- DENIEGA
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- lo que el Tribunal Constitucional no puede pronunciarse sobre cuestiones que son de exclusiva competencia de los jueces y tribunales ordinarios
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- denegado
- APROBAR