SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2586/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
Roberto Rodolfo Arispe Ortega
Finalmente, en relación al fundamento del Tribunal de garantías, en sentido de que el recurso fue presentado fuera del plazo de los seis meses, puesto que el presunto acto ilegal ocurrió el 7 de junio de 2008 y el recurso fue presentado el “12 de diciembre de 2008”, corresponde señalar que Roberto Rodolfo Arispe Ortega, en su calidad de tutor o apoderado del cadete, presentó memorial el 20 de junio de 2008, dirigido al Comandante del COLMIL, solicitando la reincorporación de su pupilo, que fue rechazada por oficio de 26 de junio de 2008, actuación que sí se encuentra dentro de los seis meses exigidos en la CPE y la jurisprudencia, aunque la misma fue rechazada; al respecto, cabe señalar que la condición de tutor de Roberto Rodolfo Arispe Ortega, le reconoce la propia institución cuando en la diligencia de fs. 141 se señaló: “Asimismo, se realizó una llamada telefónica al Nro. 2485428 al Señor Roberto Arispe tutor del cadete para conocer su paradero …” (sic).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- subsidiario porque no puede ser utilizado si previamente no se agotaron la vías ordinarias de defensa
- III.3.1.
- no agotó la vía administrativa de reclamo de los actos que considera lesivos a los derechos fundamentales de su hijo y representado, puesto que éste, suscribió de manera personal el documento de separación de 7 de junio de 2008, además con testigos presenciales, documento que por cierto no ha sido impugnado o cuestionado en modo alguno por Edgar Camacho Cáceres, en la audiencia de amparo
- fs. 50 cursa el “documento de separación” de 7 junio de 2008,
- contra los actos consentidos libre y expresamente
- como cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo
- por efecto de mi BAJA DEFINITIVA, me comprometo a no realizar representaciones que dañen la imagen instituciona
- Roberto Rodolfo Arispe Ortega
- APROBAR