SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2598/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, denuncia la vulneración de sus derechos al trabajo, a la “seguridad jurídica”, a la petición y al ejercicio de la función pública, aduciendo que las autoridades recurridas no respetaron el Contrato U.J. 167-08 de 2 de julio, suscrito con el SEDEGES para prestar servicios de manera eventual como Responsable de Organización, Participación Comunitaria y Capacitación, pues recibió memorando mediante el cual le cambian de funciones a transcriptora del Programa PAN, decisión ilegal que fue representada haciendo conocer su formación profesional, y que al no haber asumido las nuevas funciones, de manera unilateral, arbitraria e ilegal procedieron a rescindir el contrato, situación que pese a ser reclamada no mereció respuesta alguna. Corresponde determinar en revisión si de sebe otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- 1)
- 3)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Funcionarios eventuales en el sector Público
- III.3.
- rescisión procede “cuando faltare a sus obligaciones, desobedeciere o incumpliere los Reglamentos e Instrucciones que se le imparta
- Fragmento 19
- denegado
- APROBAR