SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2622/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2622/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente, ahora accionante, manifiesta que las autoridades recurridas vulneraron sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la defensa, al debido proceso y a ejercer una función pública, puesto que se llevó a cabo la moción de voto constructivo de censura, vulnerando el procedimiento establecido en el art. 51 de la LM, por cuanto no se cumplieron los plazos establecidos para el efecto; asimismo, alega que no obstante de haberse rechazado el recurso el Presidente del Concejo Municipal de Loreto, de oficio admitió el “recurso de moción de censura”, sumándose a ello el hecho de que su destitución y la referida moción tiene como fundamento indicios de responsabilidad administrativa en la que no se ha establecido su responsabilidad administrativa, desconociendo las autoridades recurridas la previsión contenida en el art. 49 de la LM. Consiguientemente, corresponde analizar en revisión, si corresponde o no otorgar la tutela solicitada.