SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2632/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2632/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.4.

II.4.  La Técnico de la Unidad de Servicio a Operadores de la Aduana Nacional de Bolivia, Eliana Altamirano, mediante informe AN-USOGC 352/07 de 3 de diciembre de 2007, dirigido al Jefe a.i. de esa Unidad, recomendó la remisión del expediente a la Gerencia Nacional Jurídica para un pronunciamiento técnico legal sobre la procedencia de la solicitud y en caso de corresponder remitir la solicitud al Directorio de la ANB (fs. 7 y 8). Cumpliéndose lo señalado a través de la Comunicación Interna AN-USOGC 1113/07 de 4 de diciembre de 2007 (fs. 9). En virtud al informe complementario invocado respecto si el solicitante obtuvo o no la licencia (fs. 13 a 15) la abogada Lesly León Martínez del Departamento de Asesoría Legal de la ANB realizó el informe de criterio legal concluyendo que no corresponde dar curso a lo peticionado, dado que la Aduana Nacional carece de competencia para homologar exámenes que se hubieren realizado ante otras entidades y posteriormente obtengan la licencia de despachante de aduana (fs. 18 a 21), por lo que el Jefe de la Unidad de Servicio de Operadores de la Gerencia General, Jorge Arturo López, respondió en ese sentido al recurrente (fs. 21 a 23).