Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2668/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.3.
II.3. A través de la Sentencia 01/2007 de 2 de marzo, emitida por el Juez de Partido y Sentencia de Sica Sica en suplencia legal del Juez de Partido y Sentencia de Chulumani de la provincia Sud Yungas, dentro del recurso de amparo constitucional, interpuesto por Jesús Rea Ortiz, contra Elmer Aymuro Condori, Máximo Machaca Mamani y Eva Viviana Condori, el ahora recurrente es restituido a su cargo como Presidente del Concejo Municipal (fs. 7 a 11).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- Fragmento 6
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- Directorio del Concejo paralelo,
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Las resoluciones municipales como actos administrativos
- a)
- III.4.Delimitación de ámbitos de protección de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- 1)
- i)
- III.5. Análisis del caso
- REVOCAR