SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2707/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2707/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.2.

II.2.  De fs. 13 a 14, cursa el fallo impugnado por la recurrente, consistente en el Auto de Vista 492 de 20 de octubre de 2008, pronunciado por las autoridades recurridas, Vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, por el que resolvieron revocar en parte la Resolución apelada, disponiendo que la parte perdidosa, Banco de Crédito de Bolivia S.A., debía cancelar a favor del abogado “Jaime Rivero Avilés”, la suma de Bs5000.-, por concepto de honorarios profesionales, en razón a las dos instancias del proceso ejecutivo; orden a efectivizarse a “tercero día” por la parte perdidosa, bajo prevenciones de ley y sin costas por la revocatoria parcial.