Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2755/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
denegó
La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 06/2009 de 27 de enero, por la que denegó el recurso, con los siguientes fundamentos: a) Existiendo un recurso jerárquico que se encuentra aún pendiente de Resolución, la presente demanda no cumple con el principio de subsidiaridad; y, b) El memorándum de despido fue emitido el 1 de febrero de 2008 y el recurrente, recién planteó el presente recurso el 8 de diciembre de 2008; es decir, fuera del plazo establecido por el principio de inmediatez.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- denegó
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.1. De la subsidiaridad en la acción de amparo constitucional
- III.3.2. Del principio de inmediatez
- III.3.3. De las resoluciones administrativas con carácter firme y definitivo
- se salva el criterio del profesional abogado
- “siguen realizando las mismas prácticas contrarias a la ley, trasladando como respuestas informes legales”
- III.4. Del caso concreto
- APROBAR