Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2764/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
En la audiencia pública, llevada a cabo en 4 de abril de 2007, conforme consta de fs. 697 a 698 vta., presentes el abogado del recurrente y la representante del tercer interesado asistida de su abogado; y ausentes las autoridades recurridas y el representante del Ministerio Público (quienes hicieron llegar sus informes respectivos) suscitándose lo siguientes actuados:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- Fragmento 21
- no es un recurso casacional
- APROBAR