SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2803/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 03/2009 de 9 de febrero, cursante a fs. 161 y vta., pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Jesús Watara Papari en representación legal de Crisanto Rodríguez Rapu contra Franz Wilson Vera Barba y Mario Roberto Caldera Tirina, ex Director y Director, respectivamente, de la Escuela de Sargentos de la Armada “Reynaldo Zeballos”, alegando la vulneración de los derechos de su representado a la “capacidad jurídica para asumir defensa, a la seguridad jurídica, a la posesión de tierras, a no ser objeto de coacciones mediante el empleo de efectivos militares”, citando al efecto los arts. 6.I, 7 incs. a) y d), 8 inc. a), 12, 22.I, 156, 157.I y 166 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUND
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. La legitimación pasiva como requisito de admisibilidad de la acción tutelar
- III.4. La legitimación pasiva en casos emergentes de procesos judiciales
- III.5. Análisis del caso concreto
- denegado
- APROBAR