SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2807/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2807/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

Fragmento 15

         En efecto, el art. 25.I de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, señala que "…toda persona tiene derecho a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución, la ley o la presente Convención, aún cuando tal violación sea cometida por personas que actúen en ejercicio de sus funciones oficiales", en este contexto y considerando que esta disposición forma parte del bloque de constitucionalidad boliviano en los términos del art. 410.II de la CPE, se tiene que la dimensión procesal constitucional del amparo, debe ser estructurada a partir de esta óptica.