Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2827/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.4.
II.4.Por Auto de 4 de noviembre de 2008, el Juez de la causa rechazó el recurso indirecto de inconstitucionalidad por falta de personería y legitimación y ordenó que esa Resolución se eleve en consulta al Tribunal Constitucional; y en consecuencia, dispuso que prosiga con la tramitación de la subasta y remate del bien inmueble de propiedad del ejecutante hasta y en tanto, éste cancele la integridad de los honorarios profesionales adeudados, de la que se solicitó enmienda y complementación, que fue rechazado por decreto de 17 del citado mes y año (fs. 20 a 24 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- c)
- d)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad.
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Fragmento 15
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- Fragmento 17
- III.4.
- “…-cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación-…”
- APROBAR