SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2849/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2849/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

a)

El abogado del recurrente se ratificó plenamente en los argumentos presentados en el memorial del recurso de amparo constitucional, puntualizando los siguientes aspectos: a) La sentencia de absolución en su parte final señala que se deben levantar las medidas cautelares no solo penales sino municipales, al dictarse la Resolución Municipal 098/2008, conforme se tiene de las sentencias  constitucionales acompañadas como prueba, demuestra la vulneración de los derechos de su defendido, ya que un Presidente y Secretario del Concejo Municipal no pueden estar en contra de la votación de los electores; y, b) No fue notificado con el acta de la Resolución Municipal, donde firman todos los Concejales, solo se le notificó con la RM 098/2008, donde firman el Presidente y Secretario del Concejo Municipal de Mizque.