SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2849/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2849/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

II.6.

II.6. Por nota presentada el 6 de octubre de 2008, el recurrente solicita respuesta escrita a su solicitud de reincorporación. Por nota de 20 del mismo mes y año, el recurrente, reitera su solicitud de respuesta. Por Resolución de 21 de octubre de 2008, el Presidente y Secretario del Concejo Municipal de Mizque señalan que el Concejo Municipal ya se pronunció respecto a la solicitud de reincorporación del recurrente a través de la Resolución Municipal 098/2008 (fs. 19 a 20; 5).