Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2856/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II
II.4 Por memorial de 16 de febrero de 2005, el recurrente presentó recurso de apelación, contra el Auto 05/2005, el que fue conferido por Auto de 10 de marzo de 2005, en el efecto devolutivo y resuelto por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz por Auto de Vista 112/2007 de 13 de marzo, notificándose a las partes el 8 de junio del referido año, que confirmó la Resolución apelada con costas, de la que se solicitó explicación y complementación, por memorial de 22 de marzo de 2007, que fue rechazada por Auto de 23 de marzo del mismo año (fs. 104 a 105 y vta., 107 y vta., 108, 111 y vta., 112 a 113).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de Amparo Constitucional
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- deniega
- II.1.
- II.2
- II.3
- II
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- accionante
- concederá el amparo solicitado…”,
- III.3. Acuerdos transaccionales y su homologación judicial
- 1)
- III.4. Análisis del caso