SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2856/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2856/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

III.3. Acuerdos transaccionales y su homologación judicial

Una de las alternativas de las partes para solucionar sus diferendos, es acudir a la conciliación de intereses contrapuestos o alcanzar la transacción de sus controversias, que de momento les evite llegar a una contienda judicial, por lo que renunciando a unos supuestos derechos, ambos opositores o los que se encuentran en la oposición, definen su situación, en función al principio de la autonomía de la voluntad, institutos que tienen su antecedente en el Derecho Romano.