SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2856/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2856/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

II.2

II.2.  Por memorial de 9 de abril del 2002, el recurrente solicitó la cancelación del gravamen del inmueble de su propiedad, en razón de que no existe proceso formalizado en su contra, se corrió en traslado que fue resuelto por Auto Interlocutorio 199/01 de 29 del mismo mes y año, rechazando la pretensión del recurrente con el fundamento de que la homologación tiene la calidad de cosa juzgada; por memorial de 8 de junio de 2002, el demandante de amparo solicito nuevamente, se levante gravamen hipotecario, que fue corrido el traslado y resuelto por Auto Definitivo 406/2002 de 30 de noviembre, que rechazó el incidente por ser manifiestamente malicioso con costas y multas, referida tanto a la medida preparatoria como la solicitud de levantamiento de gravamen (fs. 77 y vta., 78 y vta., 82, 84 y vta., y 88 a 89).