SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2856/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, señaló que las autoridades recurridas, ahora demandadas, lesionaron sus derechos y garantía, a la defensa en juicio, a la seguridad jurídica y al debido proceso, debido a que éste al suscribir un acuerdo transaccional con Graciela Catalina Mercado Vásquez Vda. de Landívar en representación de Elizabeth del Rosario Rossel Rentería, mediante el cual se veía obligado a hacer la cancelación de $us8000.- en dos cuotas de $us4000.- cada una, y habiéndose pagado los mismos en distintas fechas, la representada de la demandante solicita el embargo de los bienes del accionante, al no haber existido las correctas actuaciones para la aplicación de dicha medida. Corresponde analizar, en revisión, si tales aseveraciones son ciertas y si dan lugar o no a brindar la tutela invocada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de Amparo Constitucional
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- deniega
- II.1.
- II.2
- II.3
- II
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- accionante
- concederá el amparo solicitado…”,
- III.3. Acuerdos transaccionales y su homologación judicial
- 1)
- III.4. Análisis del caso