Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2888/2010-R
Fecha: 17-Dic-2010
II.3.
II.3. Mediante Resolución de 19 de abril de 2007, el Fiscal de Distrito, resuelve revocar la Resolución de rechazo de denuncia dictada a favor de COMSER S.R.L., ordenando al Fiscal de la causa, impute dentro de las cuarenta y ocho horas, conforme lo previsto por el art. 302 del CPP (fs. 172 a 173).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- concedió
- Fragmento 9
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Facultad del Ministerio Público para la emisión de la resolución de rechazo
- autonomía funcional
- III.4.1. Las resoluciones emitidas por el Ministerio Público no reconocen recuso ulterior
- 1.-
- 2.-
- APROBAR