SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2888/2010-R
Fecha: 17-Dic-2010
recurso de
En revisión la Resolución 01/2008 de 6 de marzo, cursante de fs. 259 a 261 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Marco Antonio López Zamora en representación de Mario Javier Trigo Reyes Ortiz, Gerente Regional de la Aduana Tarija contra Marcos Ramiro Miranda Guerrero y Fernando Antonio Navajas Baldiviezo Vocales de la Sala Penal del mismo Distrito Judicial; alegando la vulneración de los derechos de su representado a la “seguridad jurídica”, al debido proceso en sus componentes de tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia, citando al efecto los arts. 7 inc. a), 16 y 116 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- concedió
- Fragmento 9
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Facultad del Ministerio Público para la emisión de la resolución de rechazo
- autonomía funcional
- III.4.1. Las resoluciones emitidas por el Ministerio Público no reconocen recuso ulterior
- 1.-
- 2.-
- APROBAR