SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2893/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2893/2010-R

Fecha: 17-Dic-2010

1)

El abogado del recurrente ratificó el recurso y agregando señaló lo siguiente: 1) El Proyecto de Caminos Vecinales, depende del Ministerio de la Coca y Desarrollo Integral, consiguientemente, los funcionarios son considerados funcionarios o servidores públicos; 2) El Reglamento Específico del Sistema de Administración de Personal legisla el retiro forzoso de un servidor público en su art. 62, que tiene causales específicas referidas a aspectos de hechos directos que representan incompatibilidades, sólo cuando se producen las incompatibilidades legisladas se produce el retiro forzoso, cualquier otro caso produce destitución conforme el art. 7 inc. a) del Anexo A del Reglamento; 3) Si bien el art. 6 inc. f) del Anexo del Reglamento del Proyecto de Caminos Vecinales establece la infidencialidad, la misma normativa establece un proceso interno que debe cumplirse previamente, que en el presente caso no existe y sólo se tiene una medida vertical asumida por el recurrido, aplicando causales inexistentes y sin que se notifique al recurrente para que asuma defensa; 4) El recurso ha sido interpuesto dentro de los seis meses; y, 5) En relación al carácter subsidiario, lo que se pretende es una protección inmediata, frente a una infracción también inmediata y directa en el entendido de que no se puede exigir cualquier otro recurso, porque no existe ningún procedimiento que se hubiere abierto al recurrente.